Aprueba el H. Cabildo de Toluca condonación de multas y recargos
Descuentos
en multas y recargos del impuesto predial en predios de uso agrícola, acuícola
o forestal; en traslado de dominio y en regularización de comercios, servicios
o mercados, fueron aprobados en beneficio de los toluqueños durante la Sexagésimo
Octava Sesión Ordinaria del H. Cabildo.
El
presidente municipal, Fernando Zamora Morales, reconoció el trabajo que
realizaron los integrantes de la Comisión Edilicia de Ingresos al impulsar tres
campañas de manera simultánea, que serán de gran apoyo a la economía de las
familias al coadyuvar a que los contribuyentes se pongan al corriente en el
pago de sus obligaciones fiscales.
En
este sentido, los ediles aprobaron por unanimidad la campaña de estímulos
fiscales a contribuyentes sujetos al pago de impuesto predial, poseedores o
propietarios de predios destinados a actividades agropecuarias, acuícolas o
forestales, para el ejercicio fiscal 2017 y anteriores, que se traduce en
condonación del 99% del impuesto predial y sus recargos correspondientes,
conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley de Ingresos de los
municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2017.
Además,
condonación del 99% en las multas que se hayan generado por la omisión del pago
del impuesto predial de los años 2017 y anteriores. Para adherirse a éste
beneficio el contribuyente deberá ingresar su solicitud en la Subdirección de
Catastro en el periodo del 22 de agosto al 30 de noviembre del año en curso y
regularizar sus pagos hasta el año 2017, durante el periodo del 22 de agosto al
15 de diciembre.
Es
importante señalar que el estímulo aplicará al contribuyente que se adhiera a
los beneficios durante la vigencia del mismo, siempre y cuando el 80 por ciento
de su terreno sea aprovechado para uso agrícola, acuícola o forestal y cuente
con construcciones que ocupen menos del 20 por ciento de la superficie total
del predio.
Asimismo,
el cuerpo edilicio aprobó la Campaña Extraordinaria de Regularización Fiscal
para ejercicios 2016 y anteriores. Lo anterior implica que la bonificación de
los derechos por uso de vías y áreas públicas para actividades comerciales o de
servicios (mercados), será del 25% del 22 de agosto al 15 de septiembre, y de
20% del 16 de septiembre al 15 de octubre.
De
igual forma, se aprobó por unanimidad la Campaña de Regularización de la
Tenencia de la Tierra en los siguientes porcentajes: del 22 de agosto al 15 de
diciembre del presente año, bonificación del impuesto de los ejercicios
fiscales 2016 y anteriores por concepto de impuesto predial, sobre
adquisiciones de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio de
inmuebles en un 50%; bonificación de multas y recargos de los ejercicios
fiscales 2016 y anteriores por los mismos conceptos al 100%; en el mismo
porcentaje la condonación por emisión de certificaciones de aportación de
mejoras, por el trámite de traslado de dominio, así como por la emisión de la
certificaciones de clave y valor catastral, para el trámite de traslado de
dominio.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario